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El principio de precaución en una sociedad de riesgos ambientales

por Briceño Chaves, Andrés Mauricio.
Editor: Bogotá : Universidad Externado de Colombia, 2017Descripción: 208 páginas : 24 am.ISBN: 9789587727210.Tema(s): Responsabilidad civil | Responsabilidad contractual | Protección del medio ambiente -- Colombia | Precaución (Derecho) -- Colombia | Responsabilidad de daños ambientales -- Colombia | Responsabilidad del Estado -- Colombia | Programa de Derecho
Contenidos:
CAPÍTULO I ELIMITACIÓN Y APROXIMACIÓN CONCEPTUAL A LA PRECAUCIÓN Y A SU RECONOCIMIENTO COMO PRINCIPIO EN EL DERECHO DE LA PROTECCIÓN DEL AMBIENTE. -- I. Breve aproximación a los fundamentos filosófico-jurídicos de la precaución como principio. -- II. Contenido inicial del principio de precaución y su debate en el derecho. -- III. La definición de la precaución como principio jurídico ambiental. – A. Aproximación jurídico-conceptual al principio de precaución. -- B. Incorporación del principio de precaución al discurso jurídico. -- IV. Los aportes del derecho de la Unión Europea y del derecho internacional ambiental a la construcción jurídica del principio de precaución. -- A. Derecho ambiental de la Unión Europea. -- B. Derecho internacional ambiental. -- V. La incorporación y el debate del principio de precaución en el derecho administrativo ambiental. -- VI. El principio de precaución examinado descriptivamente en el derecho administrativo ambiental comparado. -- A. Reconocimiento y configuración del principio de precaución en el derecho francés. -- B. Aparición, reconocimiento y configuración singular del principio de precaución en el derecho alemán. -- C. Reconocimiento y configuración del principio de precaución en el derecho español. -- D. La configuración dual del principio de precaución en el derecho ambiental y en los derechos administrativo y constitucional colombianos. -- VII. Determinación de los criterios, reglas y presupuestos básicos de definición y concreción de la precaución como principio del derecho administrativo ambiental. CAPÍTULO II LA NECESIDAD DE LIMITAR EL PRINCIPIO DE PRECAUCIÓN EN SU ALCANCE Y APLICACIÓN EN EL DERECHO ADMINISTRATIVO AMBIENTAL. -- I. La planeación administrativa fundada en el principio de precaución. -- II. La decisión administrativa ambiental fundada en el principio de precaución. -- III. Excesos en la aplicación del principio de precaución. -- IV. Bases para estructurar las decisiones y actividades de la administración pública de protección del ambiente con fundamento en el principio de precaución. CAPÍTULO III PRESUPUESTOS PARA EL ENCUADRAMIENTO DE LA RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DEL ESTADO CON OCASIÓN DE LA PROCEDENCIA DEL PRINCIPIO DE PRECAUCIÓN EN LAS ACTIVIDADES y DECISIONES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA. -- I. Presupuestos para el encuadramiento de la responsabilidad patrimonial del Estado por daños ecológicos y ambientales en función del principio de precaución. -- A. Los elementos iniciales de la responsabilidad, daño e imputación, en su lectura a partir del principio de precaución. -- B. Régimen de responsabilidad patrimonial del Estado aplicable con fundamento en el principio de precaución. -- C. Las obligaciones de precaución como sustrato para la imputación de responsabilidad al Estado. -- D. Breve consideración a las eximentes de responsabilidad patrimonial del Estado en función del principio de precaución. -- II. Supuestos de atribución de la responsabilidad patrimonial del Estado por daños ambientales y ecológicos en función del principio de precaución. -- A. Por exceso en las decisiones administrativas creadoras, configuradoras o generadoras de prohibiciones, restricciones indebidas o suspensiones de derechos, libertades, actividades y situaciones jurídicas (por complementar). -- B. Por no adoptar medidas anticipatorias que permiten concretar una amenaza o consumar el daño por inactividad o insuficiencia en el despliegue de la actividad de las Administraciones públicas (por complementar). -- III. Criterios de imputación de la responsabilidad que pueden establecerse. CAPÍTULO IV CONCLUSIONES BIBLIOGRAFÍA
Resumen: En todos estos ámbitos se fue formando todo un proceso de maduración acerca de una idea sustancial para el régimen jurídico-administrativo para la protección del ambiente: el principio de precaución es la garantía de eficacia para dicha protección. De dicha idea fueron surgiendo diversos interrogantes que debía delimitar inicialmente para lograr estructurar este trabajo: qué es la precaución? ¿Cuál es su contenido? ¿Por qué se afirma que es un principio jurídico? ¿Cuáles son los elementos del principio de precaución? ¿Qué es y qué comprende el riesgo como primer elemento? ¿Qué es y qué comprende la incertidumbre? ¿Son asimilables prevención y precaución? ¿Qué fundamentos filosófico-jurídicos lo sustentan?; cómo se incorpora al discurso jurídico? ¿Cuál es su contenido desde la perspectiva jurídico-administrativa? ¿Qué influencia tiene sobre las decisiones de la administración pública? ¿Qué excesos y límites deben imponerse para su adecuada aplicación por parte de la administración pública encargada de la protección del ambiente?; y, cómo se puede establecer la responsabilidad patrimonial del Estado como consecuencia de las decisiones fundadas en el principio de precaución y orientadas a la protección del ambiente?
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Bogotá (Dr. David Ordóñez Rueda) - Campus Norte

Campus Norte

Biblioteca de la Institución Universitaria Colegios de Colombia

Segundo piso
Colección General 346.5 B849 2017 (Navegar estantería) Ej. 1 Disponible 834
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Incluye referencias bibliográficas (páginas 197 - 207)

CAPÍTULO I ELIMITACIÓN Y APROXIMACIÓN CONCEPTUAL A LA PRECAUCIÓN Y A SU RECONOCIMIENTO COMO PRINCIPIO EN EL DERECHO DE LA PROTECCIÓN DEL AMBIENTE. -- I. Breve aproximación a los fundamentos filosófico-jurídicos de la precaución como principio. -- II. Contenido inicial del principio de precaución y su debate en el derecho. -- III. La definición de la precaución como principio jurídico ambiental. – A. Aproximación jurídico-conceptual al principio de precaución. -- B. Incorporación del principio de precaución al discurso jurídico. -- IV. Los aportes del derecho de la Unión Europea y del derecho internacional ambiental a la construcción jurídica del principio de precaución. -- A. Derecho ambiental de la Unión Europea. -- B. Derecho internacional ambiental. -- V. La incorporación y el debate del principio de precaución en el derecho administrativo ambiental. -- VI. El principio de precaución examinado descriptivamente en el derecho administrativo ambiental comparado. -- A. Reconocimiento y configuración del principio de precaución en el derecho francés. -- B. Aparición, reconocimiento y configuración singular del principio de precaución en el derecho alemán. -- C. Reconocimiento y configuración del principio de precaución en el derecho español. -- D. La configuración dual del principio de precaución en el derecho ambiental y en los derechos administrativo y constitucional colombianos. -- VII. Determinación de los criterios, reglas y presupuestos básicos de definición y concreción de la precaución como principio del derecho administrativo ambiental. CAPÍTULO II LA NECESIDAD DE LIMITAR EL PRINCIPIO DE PRECAUCIÓN EN SU ALCANCE Y APLICACIÓN EN EL DERECHO ADMINISTRATIVO AMBIENTAL. -- I. La planeación administrativa fundada en el principio de precaución. -- II. La decisión administrativa ambiental fundada en el principio de precaución. -- III. Excesos en la aplicación del principio de precaución. -- IV. Bases para estructurar las decisiones y actividades de la administración pública de protección del ambiente con fundamento en el principio de precaución. CAPÍTULO III PRESUPUESTOS PARA EL ENCUADRAMIENTO DE LA RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DEL ESTADO CON OCASIÓN DE LA PROCEDENCIA DEL PRINCIPIO DE PRECAUCIÓN EN LAS ACTIVIDADES y DECISIONES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA. -- I. Presupuestos para el encuadramiento de la responsabilidad patrimonial del Estado por daños ecológicos y ambientales en función del principio de precaución. -- A. Los elementos iniciales de la responsabilidad, daño e imputación, en su lectura a partir del principio de precaución. -- B. Régimen de responsabilidad patrimonial del Estado aplicable con fundamento en el principio de precaución. -- C. Las obligaciones de precaución como sustrato para la imputación de responsabilidad al Estado. -- D. Breve consideración a las eximentes de responsabilidad patrimonial del Estado en función del principio de precaución. -- II. Supuestos de atribución de la responsabilidad patrimonial del Estado por daños ambientales y ecológicos en función del principio de precaución. -- A. Por exceso en las decisiones administrativas creadoras, configuradoras o generadoras de prohibiciones, restricciones indebidas o suspensiones de derechos, libertades, actividades y situaciones jurídicas (por complementar). -- B. Por no adoptar medidas anticipatorias que permiten concretar una amenaza o consumar el daño por inactividad o insuficiencia en el despliegue de la actividad de las Administraciones públicas (por complementar). -- III. Criterios de imputación de la responsabilidad que pueden establecerse. CAPÍTULO IV CONCLUSIONES BIBLIOGRAFÍA

En todos estos ámbitos se fue formando todo un proceso de maduración acerca de una idea sustancial para el régimen jurídico-administrativo para la protección del ambiente: el principio de precaución es la garantía de eficacia para dicha protección. De dicha idea fueron surgiendo diversos interrogantes que debía delimitar inicialmente para lograr estructurar este trabajo: qué es la precaución? ¿Cuál es su contenido? ¿Por qué se afirma que es un principio jurídico? ¿Cuáles son los elementos del principio de precaución? ¿Qué es y qué comprende el riesgo como primer elemento? ¿Qué es y qué comprende la incertidumbre? ¿Son asimilables prevención y precaución? ¿Qué fundamentos filosófico-jurídicos lo sustentan?; cómo se incorpora al discurso jurídico? ¿Cuál es su contenido desde la perspectiva jurídico-administrativa? ¿Qué influencia tiene sobre las decisiones de la administración pública? ¿Qué excesos y límites deben imponerse para su adecuada aplicación por parte de la administración pública encargada de la protección del ambiente?; y, cómo se puede establecer la responsabilidad patrimonial del Estado como consecuencia de las decisiones fundadas en el principio de precaución y orientadas a la protección del ambiente?

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